Este lunes, 4 de mayo, entra en vigor la conocida como fase 0 del plan de desescalada en todos los territorios de España con excepción de las islas Formentera, La Gomera, El Hierro y La Graciosa, las cuales se anticipan hasta la fase 1. Pero, ¿qué se puede hacer en la fase 0?

COMERCIOS Y SERVICIOS

Podrán reabrirse al público todos los establecimientos y locales comerciales minoristas y de actividades de servicios profesionales cuya actividad se hubiera suspendido durante el estado de alarma (excepto los de más de 400 m2 o centros comerciales, o que se encuentren dentro de los mismos sin acceso directo e independiente).

¿Con qué requisitos?

  • Sistema de cita previa. Se debe de garantizar un único cliente por trabajador
  • Se garantizará la atención individualizada con la debida separación física si no son posibles mostradores o mamparas.
  • Horario de atención preferente para mayores de 65 años dentro de sus franjas horarias de paseo.
  • Se podrá establecer sistemas de recogida en el local, siempre que garanticen una recogida escalonada que evite aglomeraciones.
  • Al menos dos veces al día, limpieza y desinfección de las instalaciones, especialmente las superficies de más contacto.
  • Lavado y desinfección diaria de los uniformes y ropa de trabajo (ciclos de lavado de 60º a 90º)

En la fase 0, se abrirán los restaurantes y cafeterías con entrega para llevar. No se podrá consumir en el local pero los ciudadanos sí podrán acudir a recoger la pedidos para llevar: éstos deberán realizarse por teléfono o por internet.

Los profesionales de fisioterapia, de centros de estética y de peluquería tendrán que llevar equipos de protección individual y garantizar la distancia mínima de dos metros entre clientes.

Se abrirán los archivos, que prestarán sus servicios preferentemente por vía telemática, ahora bien, cuando sea absolutamente imprescindible los ciudadanos podrán solicitar la consulta presencial de hasta diez documentos.

Los deportistas profesionales podrán hacer entrenamientos individuales al aire libre y dentro de su provincia. Aquellos que practiquen modalidades de deporte adaptado o de carácter paralímpico, podrán contar con el acompañamiento de otro deportista para realizar su actividad deportiva. En ambos casos podrá estar presente un entrenador que no podrá acercarse a menos de dos metros y tendrá que llevar mascarilla. Cuando el deporte implique la utilización de bicicletas o patines, la distancia de seguridad será de diez metros.

En esta fase será obligatorio el uso de mascarilla en transporte público (autobús, ferrocarril, metro, marítimo, aéreo y taxi) y recomendable en todo tipo de actividades fuera del hogar.

La siguiente fase está previsto que entre en vigor el día 11 de mayo, pero se debe tener en cuenta que se avanzará a la siguiente fase, o se retrocederá, en función de la situación epidemiológica. Así que extrema las precauciones.

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