La Unión Europea ha aprobado una nueva normativa (Directiva 2014/94/UE) para el etiquetado distintivo de los combustibles, con el objeto de hacerlos más identificables a los consumidores. Este nuevo código europeo será obligatorio en gasolineras y vehículos nuevos a partir del 12 de octubre 2018. Desde dicha fecha, todos los vehículos nuevos deberán incluir este etiquetado de combustible, así como los puntos de suministro.
El nuevo etiquetado de combustible se divide en tres tipos generales: gasolina, gasóleo, y combustibles gaseosos, que se distinguirán mediante la forma diferente de las etiquetas: circular para la gasolina, cuadrado para el diésel y en forma de rombo para los combustibles gaseosos.
- La etiqueta utilizada para la gasolina es un círculo (donde la “E” designa los biocomponentes específicos presentes en la gasolina).
La información sobre el contenido máximo de biocombustible se designa como “Exx”, donde “E” significa “etanol” y “xx” representa el volumen máximo de etanol que se recomienda utilizar en el vehículo y que estaría disponible en el surtidor. Así, en la figura anterior, “E5” significa que el vehículo puede utilizar gasolina que contenga hasta un 5% de etanol, y “E10” significa que el vehículo puede utilizar gasolina que contenga hasta un 10% de etanol. La “E” para “etanol” es una abreviatura para indicar que la gasolina puede contener etanol y/u otros compuestos oxigenados hasta una cantidad máxima.
- La etiqueta utilizada para el gasóleo es un cuadrado (donde la “B” designa los componentes específicos de biodiesel presentes en el gasóleo, mientras que “XTL” significa diésel sintético, es decir, que no deriva del crudo de petróleo).
La información sobre el contenido en biocombustible se designa como “Bxx”, donde “B” significa biodiesel y “xx” es el volumen máximo de biodiesel que se recomienda utilizar en el vehículo y que estaría disponible el surtidor. Así, en la figura anterior, “B7” significa que el vehículo puede utilizar gasóleo que contenga hasta un 7% de biodiesel, y “B10” significa que el vehículo puede utilizar gasóleo que contenga hasta un 10% de biodiesel. La “B” para “biodiesel” es una abreviatura para indicar que el gasóleo puede contener biodiesel en forma de éster metílico de ácidos grasos (FAME) hasta el porcentaje máximo que se indique en la respectiva etiqueta.
“XTL”, que es un tipo de combustible diésel parafínico fabricado a partir de material fósil o renovable que permite obtener por síntesis o hidrotratamiento, un combustible muy similar en composición al combustible diésel fósil tradicional
- La etiqueta utilizada para los combustibles gaseosos (por ejemplo GNC, GNL, GLP e hidrógeno) se representa con un rombo.
La información recogida en el interior de la forma puede ser hidrógeno (“H2”), gas natural comprimido (“GNC”), gas natural licuado (“GNL”) o gas licuado de petróleo (“GLP”).
Esta información ha sido posible gracias a la colaboración de ASVECAR, Agrupación Asturiana de Vendedores al por menor de Carburantes y Combustibles .
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